Descripción
INCLUYE ACCESO A CURSO “Etapa Inicial. Manual Práctico”
Libro + Curso
INTRODUCCIÓN
En el presente manual encontrarás todos los tips necesarios para llevar a cabo una buena audiencia inicial. El Maestro Erick Mejía te mostrará con la práctica, la forma más simple de llevar a cabo una audiencia inicial, desde el momento en que se encuentra su representado detenido y hasta llegar a la audiencia; así también te acompañará durante el curso para desarrollar las simulaciones de audiencia en la réplica de Sala de Juicios Orales.
El autor está interesado en tu aprendizaje y la intención de diseñar este manual, es brindarte la oportunidad de explorar las posibilidades que tienes, para resolver problemas jurídicos desde cualquier lugar donde te encuentres.
En el presente manual podrás realizar anotaciones y puntos finos que el Maestro te indique en la clase. Es importante destacar que como Agente del Ministerio Público, el docente puede acercarte a la práctica de una manera más objetiva. Recuerda que cuando se tiene a disposición a una persona en flagrancia, es necesario que el Agente del Ministerio Público se pueda basar en lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, donde se precisa que deberá de existir un registro oportuno de la detención.
Así también, podrás apreciar que para tomar un caso, la defensa deberá de establecer una teoría del caso, con todos sus elementos y fases. Siempre debemos delinear una estrategia de defensa con base en los datos de prueba que se puedan conseguir; todo esto para que dispongan de argumentos más sólidos al momento de debatir ante el Juez el Control de Detención.
Por último, al finalizar el curso podrán discernir la viabilidad de que su representado declare o guarde silencio. No siempre se tendrá que guardar silencio, sino basarse en datos objetivos que sustentarán la declaración del investigado, incluso podría servir de argumentación, para solicitar una medida cautelar distinta, aplicando de manera correcta el test de proporcionalidad, sin soslayar, que la aplicación de la medida cautelar no tiene que ver con el delito, sino con las circunstancias específicas del hecho y que exista la necesidad de cautela; esto aunado a que realmente dentro de la indagatoria, se cuenten con indicios que afirmen que hay cautela; en el caso contrario el Juez de Control deberá de aplicar lo que más le beneficie al investigado.
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